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La Responsabilidad de los Propietarios O Poseedores de la Propiedad por Lesiones Resultantes de Accidentes de Tropiezo y Caída

La regla general en Florida es que los propietarios o poseedores de bienes inmuebles en Florida no tienen el deber de mantener o reparar las aceras junto a su propiedad. Esta regla general incluye incluso los casos en los que hay una ordenanza municipal que exige al propietario mantener las aceras adyacentes a su propiedad. Además, los propietarios y poseedores de tierras no son responsables del crecimiento subterráneo de los árboles u otra materia natural que crece debajo de sus aceras adyacentes.

Los agresivos abogados especialistas en caídas y tropiezos de Miami de Payer & Associates han representado a personas y sus familias que han sido víctimas de casos de caídas y tropiezos relacionados con aceras mal mantenidas o diseñadas en Miami y Fort Lauderdale durante los últimos 20 años y tienen el conocimiento y la experiencia necesarios para probar su caso y obtener para sus clientes y seres queridos la compensación financiera que merecen.

Lo que Debe Hacer Cuando se Lesiona Gravemente en un Accidente de Tropiezo y Caída en Miami

El propietario o poseedor de una propiedad en la Florida tiene la responsabilidad legal o el deber de mantener una entrada y salida razonablemente segura para sus invitados de negocios, es decir, una forma razonablemente segura para que las personas entren y salgan de sus negocios. Esto significa que el propietario o el poseedor de una propiedad tiene la obligación legal de crear y mantener una forma razonablemente segura para que sus invitados de negocios entren y salgan de sus propiedades y negocios en esta propiedad.

Un tribunal de la Florida incluso ha sostenido que el propietario puede ser considerado responsable por el diseño negligente de una vía de entrada a su negocio porque puede causar que el tráfico vehicular se congestione en una vía adyacente, demostrando así ser una condición peligrosa razonablemente previsible que podría causar un accidente con lesiones personales.

Un “invitado de negocios” se define como alguien que entra en la propiedad de alguien con fines relacionados con el negocio o negocios del propietario u ocupante. Por ejemplo, un cliente que entra en una propiedad particular en el sur de la Florida para entrar en una tienda o restaurante ubicado en la propiedad.

Para tomar la determinación de un invitado de negocios los tribunales de la Florida utilizan la “prueba de invitación”. La “prueba de invitación” establece que alguien es un invitado de negocios si:

  • Un invitado es un invitado público o un visitante de negocios.
  • Un invitado público es una persona que es invitada a entrar o permanecer en la propiedad como miembro del público para un propósito para el cual la propiedad se mantiene abierta al público.
  • Un invitado de negocios es una persona que es invitada a entrar o permanecer en la propiedad para un propósito relacionado directa o indirectamente con los negocios o con el propietario o poseedor del terreno.

Llame Hoy Mismo a Nuestros Abogados de Tropiezos y Caídas en Miami

Los agresivos y experimentados abogados de Payer & Associates están aquí para ayudar a las víctimas de accidentes por tropiezos y caídas en el sur de la Florida 24 horas al día 7 días a la semana. Si usted o un ser querido ha sido lesionado en un accidente de tropiezo y caída en Miami, contacte a Payer & Associates hoy para su consulta inicial confidencial y gratuita con uno de nuestros abogados.

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